Por: Izarelly Nazario
Según la organización “Creative Commons”
(2017) sus herramientas permiten una vía simple y estandarizada de otorgar
permisos de derechos de autor a los trabajos creativos, tanto de creadores
individuales como a grandes compañías e instituciones. Cada licencia tiene su razón de ser, por tal
motivo Creative Commos expresa que cada persona interesada en obtener una
licencia debe
responder a las siguientes preguntas:
·
¿Quiero permitir uso comercial o no?
·
¿Quiero permitir obras derivadas o no?
Partiendo de estas dos preguntas el grafico 1, muestra cuales son los
tipos de las licencias disponibles y su clasificación.
Grafico 1. (recuperado de google images)
De una manera más detallada
el gráfico 2, muestra permisos y condiciones en las licencias que nos dejan
saber, que, somos libres de…; siempre y cuando se cumpla con lo establecido.
Grafico 2. (recuperado de google images)
Por otra parte, Rouse (2016) define “open
source” como cualquier programa cuyo código fuente se pone a disposición para
su uso o modificación. Open Source, además
es una marca de certificación de propiedad de la Open Source Initiative (OSI),
donde los desarrolladores de software pueden utilizar la marca registrada
de Open Source para compartir sus programas (Rouse, 2016). Los términos de distribución del modelo
definido por OSI requiere que:
·
El software que se distribuya sea
redistribuido a cualquier persona sin ningún tipo de restricción.
· El código
fuente debe estar disponible de modo que se pueda mejorar o modificar.
·
La licencia puede requerir que versiones
mejoradas del software lleven un nombre o una versión diferente del software
original.
El “open source” también fomenta
la colaboración, según expresado por González (2014) y tiene además un gran
impacto en la rapidez con la que se hacen las cosas, ya que cualquiera puede
participar con sus ideas y añadir nuevos puntos de vista al trabajo ya hecho en
cualquier momento. Yubal (2016) detalla la
diferencia entre el Software Libre y el Open Source, donde expresa que, el
Software Libre se define por su ética y expone que el Open Source es una
escisión pragmática. Yubal además expone
que la OSI tiene diez requisitos que se deben cumplir para que pueda
una creación pueda ser definida como de código abierto, estos son:
·
La libre redistribución
· Permitir
acceder libremente al Código fuente
· Trabajos
derivados
· Integridad
del código fuente del autor
· No se puede
discriminar a ninguna persona o grupo
· Sin
discriminación de áreas de iniciativa
· Distribución
de la licencia
· La licencia
no debe ser específica de un producto
· La licencia
no debe restringir otro software
·
La licencia debe ser tecnológicamente neutral
Soy programadora de profesión, el sumergirse
en códigos y códigos para lograr un producto toma horas, días, semanas, meses o
dependiendo de la complejidad del proyecto puede tomar años en obtener
satisfactoriamente lo que deseamos en ese producto. Ahora bien, desde mi punto de vista, un
programador con mente abierta utiliza los “open sources” para perfeccionar su
producto por fases. Desde mi punto de
vista el conocimiento debe estar accesible, pero con los debidos permisos para
su uso. La adquisición de conocimiento
conlleva tiempo, esfuerzo, dinero entre otros sacrificios, así que, es justo se
le otorgue el crédito al creador del contenido. La ética personal juega un
papel primordial en el ámbito educativo.
En la guía para evitar el plagio en trabajos académicos de la Universidad de Cantabria (2016) se expone que el trabajo intelectual consiste en aprender y generar conocimiento respetando las creaciones ajenas. En la educación a distancia se desarrollan múltiples ambientes donde la tecnología es el eje principal de adquirir conocimiento. Espinoza (2011) expone que las nuevas tecnologías de la información no inciden en la calidad ética de la educación a distancia, ya que son herramientas y, que la calidad ética depende del comportamiento de los actores principales del modelo: tutor - estudiante. Cada institución educativa posee un reglamento de estudiantes y respectivas guías acerca del plagio y derechos de autor. El Sistema Universitario Ana G. Méndez, por ejemplo, en el reglamento de estudiantes, Articulo VII, Sección 2.2; catalogan el plagio bajo una falta grave y cito:
En la guía para evitar el plagio en trabajos académicos de la Universidad de Cantabria (2016) se expone que el trabajo intelectual consiste en aprender y generar conocimiento respetando las creaciones ajenas. En la educación a distancia se desarrollan múltiples ambientes donde la tecnología es el eje principal de adquirir conocimiento. Espinoza (2011) expone que las nuevas tecnologías de la información no inciden en la calidad ética de la educación a distancia, ya que son herramientas y, que la calidad ética depende del comportamiento de los actores principales del modelo: tutor - estudiante. Cada institución educativa posee un reglamento de estudiantes y respectivas guías acerca del plagio y derechos de autor. El Sistema Universitario Ana G. Méndez, por ejemplo, en el reglamento de estudiantes, Articulo VII, Sección 2.2; catalogan el plagio bajo una falta grave y cito:
“La
falta de integridad académica, incluyendo falta de honradez o fraude en prueba académica, plagio, robo de
propiedad intelectual, en relación con la
labor académica o cualquier acción encaminada a tal fin.”
Incurrir en tal práctica en SUAGM, conlleva penalidades que pueden
llegar hasta la expulsión de la institución.
Por ese motivo, como alumnos debemos de estar conscientes que son los
derechos de autor, que es el plagio intencional y plagio accidental, para de
esta manera cumplir éticamente en nuestro proceso académico. Por lo tanto,
las licencias Creative Commons y la iniciativa de la OSI son justas e integran
los valores morales y éticos en la educación a distancia.


Saludo Nazario....
ReplyDeleteMe encanta que exponga el punto de vista como programadora, donde se establece el tiempo y esfuerzo del trabajo que realiza. Pero creo que eso es una de las ventajas del código abierto donde de forma colaborativa se puede llegar a un resultado más rápido y efectivo. ¿quiero saber si esta de acuerdo con los cedidos abierto? Y ¿Por qué? Ya que no me quedo muy claro tu postura.
Saludos Izarelly:
ReplyDeleteEl tema de los derechos de autor nos ha dejado pensando a todos. Sin duda alguna, es sumamente significativo brindar este derecho a ese autor para otorgarle autoría sobre su obra, más garantizarle que su divulgación de contenido no será copiada. Y de ser así, será citada como es debido.
Me coloco en la postura de otra cultura, por ejemplo, si me fuese a vivir a un país en el cual el derecho de autor no existe y que copiar y robar material es permitido por uso y costumbre. Creo que no sería capaz de poder copiar sin citar debidamente a su autor, seguiría pensando que estoy robando o escribiendo sobre algo que no me pertenece.
Es sumamente importante respetar la información que encontramos en el internet, porque a su vez, respetamos a la persona que se fajó para poder lograr y obtener ese contenido.
Hola.
ReplyDeleteTe contesto que si estoy de acuerdo con los "open sources". Mi punto desde programadora fue basado en mis proyectos pasados, sin embargo, los tiempos han evolucionado y por tal razón los "open sources" son un excelente medio de colaboración y trabajo en equipo para lograr un bien común.
Hola Izarelly,
ReplyDeleteMe gustó mucho tu cita de Espinoza (2011) sobre la calidad ética en la educación a distancia. Voy a leer más sobre este asunto porque, precisamente, mi postura es que este tema del plagio tiene que ver con la clarificación de valores. Yo creo que es bien importante indagar sobre cómo ve el estudiante este tema de utilizar la información disponible y a partir de su concepción, llevarlo a una reflexión sobre la honestidad académica. también, a través del proceso, enseñarles las herramientas y recursos disponibles para evitar el plagio como lo son, por ejemplo, los Creative Commons.